A partir del 15 de noviembre del 2012 y hasta el 31 de Diciembre del 2013, según el R/UE 1029/2012 (DOUE L-316 14-11-2012) la importación de determinadas mercancías originarias de Pakistán, esencialmente tejidos, manufacturas textiles, y calzado, se beneficiarán de nuevas preferencias arancelarias en la UE.
En el Anexo I se disponen los “PRODUCTOS EXENTOS DEL PAGO DE DERECHOS DE ADUANA”: Los productos que sean originarios de Pakistán y estén incluidos en el anexo I quedarán exentos del pago de derechos de aduana en su importación en la Unión.
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